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Reglamento (CE) n.º 261/2004

Vuelos que salen de un aeropuerto de la UE, Islandia, Noruega o Suiza (cualquier aerolínea) y vuelos hacia la UE operados por una aerolínea de la UE, Islandia, Noruega o Suiza.

Cuánto puedes recibir

Distancia del vueloCompensación
Hasta 1500 km250 €
De 1500 a 3500 km400 €
Más de 3500 km600 €

Los vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km dan derecho a 400 €, no a 600 €. En los vuelos de más de 3.500 km que llegan con entre 3 y 4 horas de retraso, el importe puede reducirse a la mitad, a 300 €.

El reglamento te cubre cuando el vuelo llega con 3 horas o más de retraso, se cancela con menos de 14 días de antelación a la salida o te deniegan el embarque contra tu voluntad, salvo que la aerolínea demuestre que hubo circunstancias extraordinarias.

En 2026 se acordó una reforma del reglamento que se espera que se aplique hacia 2027; hasta entonces, rigen estas normas.

Fuente: eur-lex.europa.eu. Esto es un resumen, no asesoramiento jurídico.

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Cómo reclamar por tu cuenta

Escribe a la aerolínea indicando el localizador de la reserva, el número de vuelo y la fecha, y pide la compensación prevista en el artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 261/2004. Si se niega o no responde en unas seis semanas, presenta una reclamación ante el organismo nacional responsable del cumplimiento del Reglamento en el país desde el que volaste, o recurre a un servicio de reclamación.

Si no ganan, no cobran: AirHelp se queda el 35 % de la compensación (IVA incluido), más un 15 % si el caso va a juicio; Compensair se queda el 30 %, más un 10 % si surgen costes legales adicionales. Aceptan casos de EU261 y UK261. Reclamar directamente a la aerolínea es gratis.